A- de 2025
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Procurador General De La Nación.·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance de la causal de intervención en la expedición de la norma acusada
- Debe demostrar que su intervención en la expedición de la norma fue activa y determinante y que dicha intervención guarda relación con el asunto a resolver
- No aceptar por falta de argumentos en la causal de intervención en la expedición de la norma
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Impedimento formulado por el Procurador General de la Nación.
El jefe del Ministerio Público consideró que estaba impedido para participar en el proceso de la referencia y, en consecuencia, para rendir el concepto de que trata el artículo 278-5 de la Constitución.
Lo anterior, por estar incurso en la causal consistente en haber intervenido en la expedición de la norma acusada.
Ello, por cuanto en ejercicio de los deberes y funciones de su otrora calidad de secretario general del Senado de la República, cumplió con sus funciones durante el trámite legislativo respectivo.
Concluyó la Sala Plena de la Corporación que el impedimento presentado por el Procurado General es INFUNDADO porque no se probó una relación de correspondencia entre los hechos expuestos y loa causal invocada y, en consecuencia, no hay una incidencia directa de cara a los cargos de inconstitucionalidad admitidos, los cuales están relacionados con un presunto vicio de procedimiento acaecido en la Plenaria de la Cámara de Representantes.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DECLARAR INFUNDADO el impedimento manifestado por el procurador general de la Nación para emitir concepto dentro del expediente D-15.989.
- SEGUNDO. Contra esta decisión no procede ningún recurso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.